Las empresas operadoras de casinos autorizadas en Galicia deberán cumplir un conjunto de requisitos específicos sobre el desarrollo de las partidas de ruleta, los límites de las apuestas y la operativa de las mesas, de acuerdo con el Proyecto de Reglamento General del Juego de la comunidad autónoma.
El proyecto de reglamento establece de forma detallada las distintas modalidades de apuestas permitidas en la ruleta, tanto las denominadas «suertes múltiples» —como pleno, caballo, cuadro, seisena, columna o docena— como las apuestas especiales sobre series del cilindro, fijando para cada una de ellas los premios correspondientes.
Asimismo, la normativa regula los límites mínimos y máximos de las apuestas. El mínimo viene determinado por la autorización administrativa concedida a cada casino, mientras que los máximos se calculan en función del tipo de apuesta realizada. Además, el jefe de mesa debe anunciar el límite máximo al inicio de cada sesión, manteniéndose invariable durante toda la partida.
El texto también contempla que la dirección del casino pueda modificar los límites mínimos de determinadas mesas, siempre dentro de los márgenes autorizados y comunicándolo previamente a los jugadores. En cualquier caso, el establecimiento deberá mantener operativa al menos una mesa con el mínimo autorizado, salvo que la autorización administrativa disponga otra cosa.
En cuanto al desarrollo del juego, el reglamento fija el procedimiento que deben seguir los crupieres en cada lanzamiento, el momento en el que deben cerrarse las apuestas con el anuncio de «no va más», el orden en el pago de los premios y las actuaciones previstas cuando una tirada resulte nula por incidencias durante el lanzamiento de la bola.
La regulación forma parte del marco normativo que ordena el funcionamiento de los casinos gallegos y establece criterios homogéneos para las empresas operadoras en aspectos técnicos y operativos de uno de los juegos más representativos de estos establecimientos.














