La Xunta limitará a 8.500 las máquinas recreativas y a 3.400 los terminales de apuestas en la hostelería gallega

| 29 de julio de 2026

La Xunta de Galicia ha iniciado la tramitación del nuevo reglamento que desarrolla la Lei do Xogo de 2023, una norma que introduce nuevas restricciones para la actividad del juego en los establecimientos de hostelería y restauración con el objetivo de reforzar la protección de los consumidores y prevenir conductas adictivas.

Entre las principales novedades figura la fijación, por primera vez, de límites específicos para las máquinas de juego instaladas en bares, cafeterías, restaurantes y pubs. El texto establece un máximo de 8.500 máquinas recreativas y 3.400 terminales auxiliares de apuestas en este tipo de establecimientos.

La Administración autonómica justifica estos topes por la necesidad de contener una oferta que considera «excesiva» y reducir la exposición al juego en locales de fácil acceso para la población general, incluidos los menores de edad.

Máximo de dos máquinas por establecimiento

El reglamento también fija que cada establecimiento de hostelería podrá disponer de un máximo de dos máquinas, que además no podrán pertenecer a la misma categoría. En estos locales únicamente podrán instalarse máquinas de tipo A especial, máquinas recreativas con premio de tipo B y máquinas auxiliares de apuestas, además de permitirse la venta de rifas y la organización de tómbolas.

Otra de las novedades es que los titulares de bares y establecimientos de restauración deberán comunicar a la Xunta la instalación de cualquier máquina de juego, aportando la correspondiente documentación administrativa y el título habilitante municipal. La autorización tendrá efectos desde su presentación, aunque quedará sujeta a posteriores comprobaciones e inspecciones por parte de la Administración.

Los establecimientos que ya cuenten con máquinas autorizadas antes de la entrada en vigor del reglamento no tendrán que adaptarse a este nuevo procedimiento.

Más medidas de control

El proyecto normativo incorpora además nuevas exigencias para los establecimientos específicos de juego. Así, salones de juego, bingos y casinos no podrán disponer de terrazas o espacios exteriores situados fuera del control de acceso, con el fin de evitar entradas sin supervisión.

Asimismo, el reglamento obliga a que las máquinas auxiliares de apuestas instaladas en establecimientos de hostelería incorporen sistemas que impidan el acceso de menores de edad. En el caso de las máquinas recreativas tipo B, estos mecanismos de control serán voluntarios y podrán implantarse cuando así lo solicite el titular del establecimiento a la empresa operadora.

El texto permanecerá en fase de información pública antes de su aprobación definitiva, completando el desarrollo reglamentario de la Ley del Juego aprobada por el Parlamento de Galicia en 2023.