El pasado 31 de diciembre se publicó en el Diario Oficial la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de Galicia, con novedades para el sector del juego.
En relación con las autorizaciones para el funcionamiento de máquinas de juego, se incluye una modificación derivada de la necesidad de aclarar los supuestos de concurso público porque existe un cupo máximo para estas autorizaciones, ya sea en la ley o en la Reglamento de desarrollo. Por último, se modifica la norma para que no se puedan instalar dos máquinas del mismo tipo en establecimientos de restauración y del ocio y el entretenimiento, teniendo en cuenta el carácter meramente marginal y complementario de las Actividad de juego en relación con la actividad principal de este tipo de establecimiento, para que no se identifiquen con un tipo particular de juego.
Como consecuencia de esta medida, se añade una nueva disposición transitoria a dicha norma a los efectos de excluir de la aplicación de esta limitación las autorizaciones de instalación y ubicación de máquinas de juego de tipo B otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor de esta modificación.