Corrección de errores del Decreto del Reglamento del bingo de las Islas Baleares
PUBLICADO EN EL BOIB.
PUBLICADO EN EL BOIB.
O EMPRESAS VINCULADAS A LA VENTA DE ALCOHOL, TABACO O SIMILARES.
NO SE PODRÁ ABRIR NINGÚN LOCAL DE JUEGO A MENOS DE 500 METROS DE ZONAS VERDES O DE CENTROS DOCENTES.
QUE SOLO REPRESENTAN EL 7% DEL MONTANTE TOTAL DEL DINERO QUE SE JUEGA.
ANUNCIA UNA MORATORIA AUTOMÁTICA DE NUEVAS LICENCIAS HASTA QUE EL NÚMERO ACTUAL DE SALAS NO SE REDUZCA A LA MITAD.
PUBLICAMOS EL ANTEPROYECTO.
SE SUMA A LAS MUESTRAS DE CONDOLENCIA.
Responsable: SECTOR DEL JUEGO
Finalidad: Gestión de envío de información comercial.
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