El TEAR de Cantabria concluye que "no resultó exigible la tasa durante los días naturales que se acordó el cierre de las zonas interiores de los establecimientos de hostelería"
IMPLICA LA RECTIFICACIÓN DE LA AUTOLIQUIDACIÓN Y LA CONSIGUIENTE DEVOLUCIÓN DE INGRESOS INDEBIDOS QUE SE HAYAN PODIDO PRODUCIR.