Xàtiva tomará nuevas medidas en la plaza del Mercat y las calles adyacentes para limitar el ruido a este ZAS, dada una sentencia judicial que obliga al Ayuntamiento a actuar en esta zona acústicamente saturada.
Entre las acciones que se prevén se encuentran la limitación del horario de cierre (que se unifica a 1:30h), la suspensión de nuevas licencias para establecimientos con ambientación musical de reproducción sonora y locales que aglutinan a un gran número de personas usuarias, y la limitación de los eventos a realizar durante el año en este entorno.
La zona de la plaza del Mercat y las calles adyacentes, enmarcadas en el casco antiguo de la ciudad, fue declarada en febrero de 2015, por parte del plenario municipal, zona ZAS. Las zonas acústicamente saturadas son aquéllas en las que se producen elevados niveles sonoros debido a la existencia de actividades recreativas, espectáculos o establecimientos públicos, a la actividad de las personas que los utilizan, al ruido del tráfico en estas zonas así como a cualquier otra actividad que incida en la saturación del nivel sonoro de la zona.
Ya en ese momento se tomaron medidas como la modificación del horario de las terrazas, la regulación del tráfico rodado llevarán los fines de semana y vísperas de festivos (de 20 a 8h), la mayor presencia policial y la instalación de limitadores acústicos calibrados a 80 dB. Sin embargo, tal y como desprende el contenido de la resolución judicial dictada por el magistrado, los niveles acústicos no han mejorado respecto a cuándo se declaró la ZAS.
La sentencia judicial dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº5 de Valencia conmina al Ayuntamiento a adoptar todas las medidas necesarias para la reducción de los niveles de contaminación en referencia a la celebración de actuaciones en directo, limitación de horarios de apertura y /o cese y revocación de autorizaciones.
Nuevas medidas
En cuanto a las medidas que se van a tomar, el Ayuntamiento de Xàtiva suspenderá la concesión de nuevas licencias para salas de fiestas y discotecas; pubs, bares y establecimientos con ambientación musical procedente de equipo de reproducción sonora y sin actuaciones en directo; y Bingos, salones de juego y recreativos y gimnasios; así como también las de aquellas actividades susceptibles de provocar ruido con medios de reproducción automática o en directo (karaokes, salas de baile, salones de banquetes, salas polivalentes…). En cualquier caso la concesión de las licencias tendrá una limitación horaria a la 1:30h.
Por lo que respecta al horario de cierre de las actividades, éste tendrá lugar a las 1.30h para todas las actividades recogidas en el apartado anterior. El Ayuntamiento sólo podrá conceder un horario excepcional en los términos de la orden anual que regule los horarios (5 de enero, 8 y 31 de octubre y 24 y 31 de diciembre), así como para el período comprendido entre el 15 y el 20 de agosto. El horario de las terrazas queda fijado en el mismo aprobado en la declaración ZAS original: de 8 a 1h desde el 1 de marzo al 30 de octubre (ampliándose a la 1:30h los viernes, sábados y vísperas de festivos ); y hasta las 00:30h de noviembre a febrero (ampliándose hasta la 1:30h los viernes, sábados y festivos).
Respecto a las actividades o espectáculos eventuales, se podrán realizar aquellos que no comporten musicalidad asociada y que no prevean la reproducción de música por medios mecánicos. Además, se podrán seguir realizando, con los horarios que vienen siendo tradicionales, las fiestas tradicionales (fallas, plantà, cremà…), las festividades religiosas (procesiones de Semana Santa, tamborada, Corpus Christi, etc), y otros como ahora Mercado de Navidad, mercado Medieval, mercado de venta no sedentaria o eventos deportivos. En cuanto al resto de eventos con reproducción musical, se autorizarán hasta un máximo de tres eventos anuales, a consensuar a principios de año con el sector hostelero, como vienen a ser la calçotada popular, el Oktober fest, la Fira de Abril, San Juan, etc. En este caso las actividades se podrán realizar en horario de 8:30 a 14h y de 17 a 22h.
El resto de medidas (regulación del tráfico rodado, presencia policial, instalación de limitadores acústicos e instalación de muelles de regreso en las puertas de los locales) se mantendrán tal y como estaban previstas hasta ahora.
Todas estas medidas entrarán en vigor, de forma cautelar, al día siguiente de su publicación en el DOCV. Además, cabe destacar que todas ellas han sido consensuadas junto al vecindario afectado y el sector hostelero de la zona, siempre teniendo en cuenta las necesidades y especificaciones expresadas en la sentencia judicial.