Penúltimo paso del trámite parlamentario de la Ley de Atención a la Clientela: figura del influencer, promociones de los operadores, medios de pago nominativos y registro de proveedores de juego

| 31 de octubre de 2025

La ley que incluye la reforma legal para obligar a las grandes empresas a tener atención a la clientela en las diferentes lenguas cooficiales del Estado ha superado este miércoles un nuevo trámite en el Congreso con su aprobación en la Comisión de Derechos Sociales y Consumo, lo que en la práctica supone el penúltimo paso del trámite parlamentario en la Cámara Baja.

En concreto, la comisión ha dado el visto bueno a la Ley de Servicios de Atención a la Clientela, que es donde se ha enmarcado la reforma que el Gobierno pactó con Junts para obligar a empresas de más de 250 trabajadores, con más de 50 millones de facturación o que presten servicios de interés generales a tener atención a clientela en las diferentes lenguas cooficiales del Estado.

La ley con la reforma de la atención a la clientela en catalán supera un nuevo trámite en el Congreso

La norma ha conseguido pasar el examen de este miércoles con los votos a favor de PSOE, Sumar, Junts, ERC, PNV, Podemos y Bildu. PP y Vox han votado en contra. Superada esta fase, el texto se elevará ahora al Pleno de la Cámara Baja para un último debate en el Congreso en la semana del 11 de noviembre. Después pasará al Senado, donde se someterá al mismo procedimiento parlamentario de ponencia, comisión y pleno.

Alguna de las novedades introducidas en la ley a su paso por comisión tienen que ver con la regulación de los juegos de apuestas. En concreto, la ley introduce en la legislación sobre juego la figura del ‘influencer’.

Mediante una enmienda pactada entre PSOE, Sumar y ERC, se incluye en la Ley de Juego de 2011 a los «personajes de relevancia o notoriedad pública», que serán aquellos sujetos que gocen de un «amplio reconocimiento» por la sociedad en su conjunto o, en su caso, por determinados colectivos cualificados en atención a preferencias, aficiones, intereses, profesiones, o cualquier otro criterio que los singularice como colectivo.

Por otro lado, se establece que el uso efectivo de las promociones ofertadas por los operadores sólo se podrá realizar por aquellos de sus clientes que tengan una cuenta de juego abierta durante, al menos, treinta días y hayan sido verificados documentalmente.

SÓLO SE ACEPTARÁN MEDIOS DE PAGO NOMINATIVOS

A partir de esta ley, los operadores habilitados para realizar actividades de juego sólo podrán aceptar medios de pago nominativos y de titularidad del participante. También tendrán que asumir el compromiso de disponer de una o varias cuentas corrientes en entidades de crédito en España a nombre del operador en las que ingresarán los saldos de los jugadores destinados a la participación en los juegos, incluyendo tanto los depósitos realizados como los premios obtenidos.

Las cuentas serán exclusivas y diferenciadas del resto de cuentas de las que pudiera disponer el operador para su funcionamiento operativo, no pudiendo realizarse sobre ellas ningún acto de disposición de los importes depositados para fines distintos al desarrollo ordinario de los juegos.

REGISTRO DE PROVEEDORES DE JUEGO

Otras de las medidas incluidas en la ley, esta en su paso por comisión, es la creación de un registro de proveedores de juego, en el que se inscribirán los datos de las personas físicas o jurídicas que presten los servicios o proporcionen los componentes propios de los sistemas técnicos de juego a operadores de juego, con la finalidad de hacer efectiva la prohibición de que estos servicios o componentes sean ofrecidos en territorio español por terceros no titulares la correspondiente licencia.

También se ha aprobado una reforma en comisión para prohibir las llamadas spam, de manera que las grandes empresas estarán obligadas a usar un prefijo para sus llamadas comerciales, y las operadoras de telefonía tendrán que bloquear las llamadas que no usen ese prefijo. Las llamadas comerciales sin consentimiento quedarán prohibidas y los contratos que se cierren en estas llamadas quedarán anulados.

Por último, la norma que todavía tiene que debatirse en el Pleno exime de su aplicación a las comercializadoras de luz, gas y servicios telefónicos cuya cuota de mercado en el país no llegue al 5%, de modo que así no tendrán que tener servicio de atención al cliente durante 24 horas.