La Comunidad de Madrid recuerda que los contribuyentes pueden solicitar certificados acreditativos de los ingresos realizados por impuestos o tasas relacionados con el juego, así como documentos que acrediten hechos o circunstancias vinculados a la situación tributaria de los expedientes correspondientes a estos tributos.
La Administración autonómica precisa que los certificados únicamente podrán incluir información relativa al obligado tributario que los solicita, sin incorporar datos de terceros. Asimismo, no se emitirán certificaciones sobre obligaciones tributarias cuyo plazo de prescripción haya expirado y respecto de las cuales la Administración ya no pueda determinar la deuda mediante liquidación.
La expedición de estos certificados está sujeta al abono de la tasa administrativa correspondiente, según la normativa vigente.













