ANDEMAR cataluña ha venido informando a sus asociados del proyecto de modificación de la Ley 15/1984, de 20 de marzo, del juego en Cataluña, contenido en el Proyecto de ley de medidas fiscales para 2024, referido a las siguientes cuestiones:
Circunstancias que inhabilitan para el ejercicio como empresario de la actividad del juego.
Las prohibiciones de participación y acceso a los locales de juego.
La prohibición de la publicidad, promoción, patrocinio y cualquier forma de comunicación comercial, de las empresas, actividad y establecimientos de juego.
«Pues bien, el hecho de que no se vaya a aprobar la ley de presupuestos para 2024 y en consecuencia, tampoco la ley de medidas fiscales, hace que decaiga la proyectada modificación de la Ley 15/1984, de 20 de marzo, del Juego», señalan.
Además la asociación recuerda que se ha publicado el libro sexto del Código tributario de Cataluña, que integra el texto refundido de los preceptos legales vigentes en Cataluña en materia de tributos cedidos.
Entre los tributos cedidos a Cataluña se encuentran los tributos sobre el juego, cuya regulación se ha materializado durante todos estos años de forma recurrente, mediante las sucesivas leyes de medidas tributarias que acompañan a las leyes de presupuestos anuales, lo que ha generado una dispersión normativa que dificulta su consulta y conocimiento, situación a la que se pretende poner remedio mediante la publicación de este Decreto Legislativo.
«Todo lo relacionado con el devengo, bases imponibles y tipos de gravamen de los diferentes juegos, así como las cuotas fijas de las máquinas recreativas y de azar, se encuentra el en Título V (arts. 651-1 a 653-1). Respecto de los plazos y requisitos del pago se establecerán por reglamento».