La Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes ha publicado, en el Diario Oficial de Galicia (DOG), la resolución de la Dirección Xeral de Emerxencias e Interior por la que se regula el procedimiento de comunicación de celebración de bingos sociales.
Lo hace en base a la Ley reguladora de los juegos de Galicia en lo relativo a los bingos organizados por las residencias de la tercera edad y centros de día o por las asociaciones culturales o deportivas legalmente inscritas que cumplan los requisitos establecidos.
De acuerdo con los criterios fijados, la asociación o el responsable de la residencia de la tercera edad o centro de día correspondiente deberá presentar, cada vez que pretenda organizar un juego de bingo, una comunicación al órgano autonómico de dirección competente en materia de juego a efectos de poder controlar el cumplimiento de los requisitos.
Ahora el DOG publica el procedimiento de comunicación de celebración de bingos sociales y, entre otras cuestiones, establece los requisitos que se deben publicar por parte de los organizadores: residencias de la tercera edad, centros de día o asociaciones culturales o deportivas legalmente inscritas.
Entre otras cuestiones, no podrá superarse el número de cuatro sesiones en un mes y las cantidades jugadas, es decir, la recaudación por la venta de tarjetas de bingo no podrán superar los 300 euros por sesión. Los premios otorgados no podrán superar los 300 euros por sesión y podrán ser «en metálico o en especie».
El juego debe desarrollarse a través de medios manuales o mecánicos sin que, en ningún caso, intervengan aplicaciones informáticas o programas de software y en los propios centros, sin presencia de menores. Las comunicaciones se presentarán por medios electrónicos a través del formulario en la sede electrónica de la Xunta. agencia