El Boletín Oficial del Principado de Asturias ha publicado la ResoluCión de 22 de febrero de 2021, de la Consejería de salud, de tercera modificación y cuarta prórroga de las medidas urgentes de carácter extraordinario, urgente y temporal de prevención, contención y coordinación, necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la CoViD-19.
Respecto al juego dice lo siguiente:
.—Se añade un nuevo capítulo xII sobre Condiciones para el desarrollo de las actividades en establecimientos y locales de juego y apuestas, con la siguiente redacción:
“Capítulo xII. Condiciones para el desarrollo de las actividades en establecimientos y locales de juego y apuestas.
12.1. Condiciones para el desarrollo de las actividades en establecimientos y locales de juego y apuestas.
1. Los casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salas de bingo, rifas y tómbolas, locales específicos, de apuestas y otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas, conforme establezca la normativa sectorial en materia de juego, podrán realizar su actividad siempre que no se supere el 30% del aforo permitido.
2. La hora máxima de cierre nocturno de todos los establecimientos y locales a que se refiere el presente apartado queda fijada en las 20.00 horas, no pudiendo admitirse nuevos clientes a partir de las 19.30 horas, sin perjuicio de la aplicación del horario que tuvieren previamente establecido o autorizado, si este determinase una hora de cierre anterior
Comentarios: 0. Leer/Enviar Comentarios |
NOTICIAS RELACIONADAS