Región de Murcia: Control de admisión en el servicio de bar o cafetería de un salón aunque se encuentre independiente de la zona de máquinas de juego

| 2 de julio de 2025

El Consejo Económico y Social de la Región de Murcia publicó recientemente el Dictamen sobre el Proyecto por el que se modifican el Reglamento de máquinas recreativas y de azar, el Reglamento de apuestas y el Decreto por el que se regula la inscripción en el registro general del juego de las prohibiciones de acceso a locales y salas de juego y apuestas.

Como aspectos más destacados:

«En ningún caso se permitirá la entrada de menores y a las personas inscritas en el Registro General del Juego de prohibiciones de acceso a locales y salas de juego y apuestas a la zona de hostelería, esté o no separada de la zona de juego”.

“Cuando el servicio de bar o cafetería se encuentre independiente y aislado de la zona de juego, será necesario que el control de admisión se sitúe a la entrada de dicha zona de modo que para acceder al mismo el usuario haya sido previamente identificado y registrado en el servicio de admisión. En este último supuesto, no podrán instalarse en la zona de hostelería máquinas recreativas, máquinas auxiliares de apuestas, ni terminales de apuestas y las máquinas instaladas en la zona de juego no serán visibles desde la zona de hostelería. En ningún caso se permitirá la entrada de menores y a las personas inscritas en el Registro General del Juego de prohibiciones de acceso a locales y salas de juego y apuestas a la zona de hostelería, esté o no separada de la zona de juego”.

«Los salones de juego deberán tener obligatoriamente un servicio de admisión, situado en cada una de las puertas de entrada al local, que controlará el acceso al salón de juego y se encargará de la identificación de cuantos usuarios acudan al establecimiento y al registro de los que accedan al mismo, de manera que ninguna persona pueda entrar al interior del local o al servicio de bar o cafetería si este se encuentre independiente y aislado de la zona de juego, sin haber pasado obligatoriamente por el servicio de admisión”.