El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha anulado las licencias de obras, actividad y apertura de un salón de juegos en la calle Isaac Peral de Santander. Esta decisión se basa en la falta de cumplimiento de la normativa que exige una distancia mínima de 300 metros entre este tipo de establecimientos y otros similares.
La sentencia responde a un recurso de apelación presentado por la comunidad de propietarios del portal 32, revocando así un fallo anterior de 2023 de la jueza de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Santander, que había desestimado la reclamación de los vecinos contra el Ayuntamiento. Este último había concedido las licencias necesarias para adaptar el local a la actividad de juego, argumentando que se trataba de un salón recreativo y no de un bingo.
Las licencias habían sido previamente suspendidas de forma cautelar en noviembre de 2020 por el juez Luis Acayro Sánchez. Además, el Gobierno de Cantabria había autorizado el funcionamiento del local, limitando el número de máquinas recreativas a 60 y el aforo a 48 personas.
La nueva sentencia del TSJC considera que el establecimiento en cuestión debe ser clasificado como salón de juegos, lo que implica que se debe respetar la normativa de distancia entre locales. Los magistrados subrayan que, aunque el local tenga una barra para servir bebidas, no puede ser considerado un bar ni asimilado a otros tipos de establecimientos como pubs o discotecas. La resolución abre la posibilidad de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.