La reforma tributaria propuesta por el Gobierno de Ecuador a través del decreto ejecutivo 487 establece una nueva regulación para las plataformas de pronósticos deportivos. A continuación, se resumen los puntos más relevantes:
Tasa Anual: Se impone una tasa anual de USD 307,850 o 655 salarios básicos a las plataformas de pronósticos deportivos. El Gobierno tiene como objetivo recaudar USD 20 millones con esta medida.
Licencia del Ministerio del Deporte: Las plataformas deberán obtener una licencia emitida por el Ministerio del Deporte, que será el único título habilitante para su operación. El Ministerio tiene un plazo de tres meses para definir los requisitos necesarios para la obtención y mantenimiento de esta licencia, que tendrá una vigencia de cinco años.
Cumplimiento y Sanciones: En caso de incumplimiento de las regulaciones, las empresas de pronósticos no podrán operar.
Pago de Licencia: El valor de la licencia deberá ser pagado dentro de los primeros 20 días del ejercicio fiscal y podrá ser modificado o actualizado por el Ministerio de Finanzas.
Impuesto a la Renta: Las empresas de pronósticos deportivos estarán sujetas al pago del Impuesto a la Renta, incluso si son entidades sin fines de lucro. Este impuesto se aplicará al 15% del valor del premio.
Bonos y Créditos para Clientes: Las plataformas deberán ofrecer a sus clientes un bono o crédito para realizar pronósticos, sujeto a ciertas condiciones y términos que se establecerán en un reglamento específico.
Requisitos para los Apostadores: Para participar en estas plataformas, los usuarios deben ser mayores de edad y declarar su residencia fiscal en Ecuador.
Esta regulación busca no solo generar ingresos fiscales, sino también establecer un marco legal que regule el funcionamiento de las plataformas de pronósticos deportivos en el país.