Recientemente la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, ha confirmado en Apelación la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Ávila, de 9 de septiembre de 2022 que declaraba que la Autorización de Instalación de un Salón de Juego en dicha cuidad, debía de considerarse vigente condenando a la Administración demandada a estar y pasar por dicho pronunciamiento.
Esta Sentencia fue recurrida en Apelación por la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León competente, ante el TSJ de Castilla y León, recurso que ha terminado, como decimos, con la Sentencia de referencia que desestima el recurso, confirmando la Sentencia de instancia, y reponiendo a la empresa operadora en su legítima titularidad.
Los procedimientos judiciales enunciados han sido desarrollados bajo la dirección letrada del Despacho Santiago Moreno-Abogados. Según palabras de Santiago Moreno el motivo de fondo por el que surge la controversia, resuelta favorablemente en cuanto a los intereses de la compañía recurrente, se encuentra en la evaluación del cómputo de los plazos procedimentales efectuado por la Administración actuante. La empresa solicitó en tiempo y forma la suspensión de actividad del Salón de Juego, suspensión motivada por el COVID-19, que le fue concedida y cuando también en forma y plazo se solicitó la reapertura, la Administración aplicando la norma y los plazos de aplicación de manera no ajustada a Derecho, revocó la Autorización de Instalación del Salón de Juego de referencia.
Tanto la Sentencia de Instancia como la del TSJ de Castilla y León, enunciada, asumen en su práctica totalidad los razonamientos jurídicos esgrimidos, confirmando, como decimos, la vigencia y titularidad de la Autorización del Salón de Juego ubicado en la ciudad de Ávila.