“Todo lo no prohibido en la legislación sobre el Juego está permitido”. Bajo esta tesis fundamentó un bingo y un salón de juegos y apuestas colindantes en García Barbón (Vigo) la demanda para derribar la pared que unía ambos locales. Argumentaba que “ninguna norma hay” que prohiba la comunicación entre ambas instalaciones, sin embargo, el TSXG rechazó el recurso al entender que la “comunicación interna” entre los dos negocios da lugar en realidad “al nacimiento de un nuevo establecimiento”.
Señala además que los aforos, superficies, clasificación de actividades, restricciones de acceso y participación son diferentes en casa caso, y de unirse, este control ya no existiría sobre el que “la demandante no quiere responsabilizarse”.
En el fallo, señalan los magistrados de la Sala de lo Contencioso del TSXG que la actividad del juego, aunque sea legal, tiene reconocidas “un gran número de externalidades negativas” que pueden afectar al orden público, a la hacienda pública, a la salud mental o a la situación de personas menores o especialmente vulnerables. “Todas estas circunstancias hacen que no quepa el ejercicio de la actividad fuera de los límites impuestos en la normativa de regulación”.
Una comunicación entre el establecimiento del bingo y el salón de juegos podría provocar una “confusión”. “Lo que se propiciaría con esta pretensión es que el área de juegos en la que pueden deambular los usuarios sería mucho mayor”. Argumentan también los magistrados que si bien las máquinas de uno y oro son “parcialmente coincidentes”, al suprimir las barreras físicas que las separa “el bingo dispondrá para su clientela de un número superior al autorizable a las que el cliente puede acceder sin limitaciones”. farodevigo