El Gobierno de Castilla-La Mancha presenta la Campaña Informativa de la Renta

| 9 de abril de 2026

El Gobierno de Castilla-La Mancha ha presentado la Campaña Informativa de la Renta 2025, que comienza este 8 de abril, para dar a conocer a la ciudadanía las deducciones fiscales disponibles en el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Así lo avanzado el consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, Juan Alfonso Ruiz Molina, durante la rueda de prensa que ha ofrecido en el Palacio de Fuensalida, en Toledo, en la que ha estado acompañado por la directora general de Tributos y Ordenación del Juego, Susana Pastor.

En relación con las nuevas deducciones objeto de esta campaña, el consejero ha indicado que en la región hay aprobadas “un total de 27 desgravaciones en el tramo autonómico del IRPF”, que se ha estimado podrán beneficiar a más de 215.000 contribuyentes, prácticamente el 20%, podrán beneficiarse de alguna de las deducciones que el Gobierno regional ha mantenido para esta campaña de la renta 2025, con un impacto económico estimado de 71 millones de euros.

La campaña del IRPF en Castilla-La Mancha mantiene el mismo tratamiento fiscal para las ganancias procedentes del juego que el resto del territorio nacional, al regirse por la normativa estatal pese a las deducciones autonómicas centradas en familia, vivienda y educación.

Según la regulación vigente, los beneficios obtenidos en apuestas y juegos de azar deben declararse como parte de la base imponible del ahorro cuando superan los límites establecidos, tributando en tramos que oscilan entre el 19% y el 47% en función del volumen total de ingresos.

En cuanto a las pérdidas, la normativa permite compensarlas, pero únicamente hasta el importe de las ganancias generadas en el mismo ejercicio fiscal. Es decir, no se pueden declarar pérdidas netas que reduzcan otros rendimientos, como los del trabajo.

Por otro lado, los premios de organismos como Loterías y Apuestas del Estado, ONCE o Cruz Roja cuentan con un mínimo exento de 40.000 euros. A partir de esa cantidad, el importe restante tributa a un tipo fijo del 20%, aplicado directamente mediante retención en el momento del cobro.