Un operador de apuestas deportivas que preste servicios en un país de la Unión Europea sin contar con la licencia nacional exigida podría verse obligado a reembolsar el dinero perdido por sus clientes. Así lo ha señalado el Abogado General de la UE, Nicholas Emilíou, en sus conclusiones sobre el caso que enfrenta a un consumidor alemán con la casa de apuestas Tipico.
El litigio se centra en un usuario que reclamó la devolución de las cantidades apostadas entre 2013 y 2020, periodo en el que la compañía operaba en Alemania con licencia de Malta, pero sin autorización alemana. Según la normativa nacional, esta situación implica la nulidad de los contratos, lo que abre la puerta a la restitución del dinero.
El Abogado General considera que esta medida es proporcionada y necesaria para proteger a los consumidores y disuadir a los operadores de eludir los sistemas de licencias nacionales. Además, subraya que la libre prestación de servicios en la UE no impide que los Estados miembros exijan autorizaciones específicas para el sector del juego.
No obstante, introduce una excepción: el operador no estaría obligado a devolver el dinero si hubiera recibido garantías claras por parte de las autoridades nacionales que le permitieran operar sin licencia durante un periodo transitorio. En ese caso, la responsabilidad recaería en la administración pública.
Las conclusiones no son vinculantes, pero orientan la futura sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que deberá pronunciarse definitivamente sobre este asunto.













