La Ciudad Autónoma de Ceuta ha publicado la resolución definitiva de las becas FLUTTER correspondientes al curso académico 2025-2026, destinadas a estudiantes ceutíes matriculados en estudios universitarios de ingeniería y/o arquitectura.
La resolución, firmada por la consejera de Educación, Cultura y Juventud, Pilar Orozco Valverde, culmina el procedimiento iniciado con la publicación de las bases reguladoras en diciembre de 2025 y continúa con la resolución provisional publicada el pasado mes de agosto.
Tras finalizar el 28 de agosto el plazo de alegaciones, el órgano instructor ha revisado las solicitudes y las modificaciones derivadas de las alegaciones presentadas, elevando posteriormente a la Consejería la propuesta de resolución definitiva.
La resolución establece la concesión definitiva de las becas a las personas beneficiarias incluidas en el Anexo I, con las cantidades correspondientes a cada solicitud.
Uno de los aspectos contemplados en el procedimiento es la incompatibilidad de estas ayudas con otras becas destinadas a la misma finalidad, en particular las concedidas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y las ayudas generales para estudios universitarios de la propia Consejería de Educación, Cultura y Juventud. Las solicitudes que presentan esta posible duplicidad aparecen recogidas en el Anexo II, con el objetivo de que las personas beneficiarias puedan optar por una de las ayudas.
Asimismo, el Anexo III recoge las solicitudes a las que no se concede definitivamente la beca FLUTTER, junto con los motivos correspondientes. La resolución también acepta la renuncia presentada por una de las beneficiarias que había obtenido provisionalmente la ayuda.
Las becas FLUTTER forman parte de las iniciativas de apoyo a la formación universitaria de estudiantes ceutíes en ámbitos vinculados a la ingeniería y la arquitectura, dentro de la colaboración de la Fundación FLUTTER con la Ciudad Autónoma de Ceuta.
La resolución definitiva agota la vía administrativa, aunque las personas interesadas pueden presentar recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes o recurrir directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ceuta en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación.












