La Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) de España continuó con el expediente sancionador contra TuLotero, tras las denuncias de usuarios autoexcluidos que habían podido realizar apuestas a través de la plataforma. Este caso ha puesto de relieve la importancia de la regulación en el sector del juego y la protección de los jugadores vulnerables.
Contexto del Caso
En marzo de 2021, un usuario inscrito en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ) denunció que TuLotero le permitió realizar apuestas a pesar de su condición de autoexcluido. Posteriormente, otra queja similar fue presentada, lo que llevó a la Subdirección General de Inspección del Juego (SGIJ) a investigar la situación.
Investigación y Hallazgos
La investigación se centró en determinar si TuLotero estaba comercializando productos de lotería reservados exclusivamente para operadores autorizados. La Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (Selae) confirmó que no tenía ningún acuerdo con TuLotero y que la empresa no estaba autorizada para operar con productos de lotería oficiales.
Durante las inspecciones, los inspectores lograron crear cuentas de usuario en la plataforma, simulando residencia en España, y comprobaron que era posible comprar boletos de lotería, incluso por parte de personas autoexcluidas.
Sanciones Impuestas
En julio de 2022, la DGOJ abrió un expediente sancionador, concluyendo que TuLotero facilitaba la adquisición de material de juego, lo que se consideraba una actividad de “comercialización” según la Ley 13/2011 de regulación del juego. En octubre de 2022, se impuso una multa de 100,000 euros a TuLotero por infracción grave y se ordenó el cese inmediato de su actividad de juego no autorizada en España.
Defensa de TuLotero
TuLotero argumentó que su función era la de un proveedor de software para las administraciones de lotería, no la de un comercializador. La empresa destacó que su modelo de negocio había sido el mismo desde 2016 y que no había sido considerado infractor en procedimientos anteriores. Además, alegó que no existía un procedimiento formal para solicitar la autorización requerida por la administración.
En julio de 2023, el Ministerio de Consumo ratificó una sanción de 100.000 euros contra la empresa TuLotero, que decidió recurrir tanto la sanción como la orden de cese ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. La empresa argumentó que existía inseguridad jurídica debido a la falta de procedimientos claros para obtener la autorización necesaria y defendió que su intervención se limitaba a la cesión de una herramienta tecnológica.
Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó una sentencia en la que concluyó que no se había demostrado que TuLotero realizara actividades de comercialización en los términos sancionados. El tribunal entendió que la intervención de TuLotero se limitaba a la cesión de una plataforma informática, lo cual es anterior y ajeno a la fase de comercialización, que corresponde a las administraciones de lotería.
Como resultado de esta sentencia, se anuló y dejó sin efecto tanto la sanción de 100.000 euros como la orden de cese. Esta decisión marca un hito importante en la regulación del sector del juego y podría tener implicaciones significativas para la interpretación de las actividades de comercialización en el contexto de las plataformas de apuestas y loterías. La resolución también resalta la necesidad de claridad en los procedimientos y normativas que rigen el sector, lo que podría beneficiar a otros operadores en situaciones similares.