Codere México deberá pagar un crédito fiscal de 1.272 millones de pesos

| 29 de mayo de 2025

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó en definitiva que la empresa de casinos Codere de México debe pagar un crédito fiscal de aproximadamente 1,272 millones de pesos, tras rechazar su recurso de amparo.

El fallo se dio por mayoría de tres votos contra uno, y respalda la sentencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) que determinó el pago de impuestos sobre la renta, recargos y multas correspondientes al ejercicio fiscal 2008.

Codere México, operando en el país desde 1998 con 76 salas de juego, inicialmente fue notificada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre un crédito fiscal de poco más de 561 millones de pesos. La empresa impugnó esa resolución, y el TFJA la anuló por vicios en el procedimiento. Sin embargo, el SAT reanudó el proceso basándose en el artículo 57, fracción I, inciso b), de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, lo que le permitió emitir una nueva resolución y aumentar el crédito fiscal a más de mil 272 millones de pesos.

Posteriormente, Codere promovió un juicio de nulidad contra esta resolución, pero el tribunal colegiado resolvió en su contra.

La empresa entonces acudió a la SCJN, argumentando que la norma que permitió al SAT aumentar el crédito fiscal, incluso tras anular la resolución previa por vicios formales, violaba derechos constitucionales, ya que consideraba que no era válido dictar una resolución más perjudicial tras corregir los vicios.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, en su proyecto, explicó que no comparte la idea de que, si una resolución determinante de un crédito fiscal es anulada por vicios de forma, la autoridad no pueda posteriormente incrementar dicho crédito.

La mayoría de los ministros (González Alcántara Carrancá, Loretta Ortiz Ahlf y Jorge Mario Pardo Rebolledo) aprobaron el fallo.

Este fallo reafirma que las autoridades fiscales pueden reponer procedimientos y emitir resoluciones nuevas, incluso si estas resultan en un aumento del crédito fiscal, siempre que se respeten los procedimientos legales y constitucionales.