Operar en el mercado del juego online en España requiere obtener licencias y cumplir con la Ley 13/2011 y su normativa de desarrollo.
Los operadores también deben adherirse a la Ley 10/2020, que regula la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, convirtiéndolos en «sujetos obligados».
La Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) y el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC) supervisan a estos operadores. A pesar de los esfuerzos, se detecta que plataformas de juego online pueden ser utilizadas por criminales para blanquear dinero ilícito.
El 6 de febrero de este año, se realizó una jornada sectorial con la participación del Tesoro Público, en la que se abordaron temas de Prevención del Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo (PBC/FT).
Como resultado, SEPBLAC ha publicado en su web una sección de FAQ para operadores de juego online, con el fin de clarificar aspectos prácticos de la normativa y facilitar su cumplimiento.
Se espera que este canal de comunicación continúe, permitiendo futuras aclaraciones operativas y fortaleciendo la seguridad y transparencia del sector, así como armonizando interpretaciones regulatorias.