El artículo 18 de la Ley 10/2015, de 23 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas atribuye a los Ayuntamientos la facultad para establecer ampliaciones al horario general de los establecimientos con motivo de fiestas y otros eventos, en los supuestos y formas que reglamentariamente se prevean.
Por otra parte, el artículo 12 del Decreto 296/1997, de 16 de diciembre, faculta a las autoridades municipales para ampliar un máximo de 2 horas el horario previsto con ocasión de determinados eventos como fiestas patronales, Semana Santa, Carnavales, Navidades y, otros eventos festivos o de interés turístico conforme se determine por los órganos municipales.
Así, el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz ha aprobado los decretos por el que se amplía dos horas el horario de cierre de los establecimientos públicos dentro del municipio, los siguientes días de 2025:
Carnavales: el 28 de febrero y 1 de marzo.
Semana Santa: desde el 17 de abril hasta el 21 de abril (ambos inclusive).
Fiestas de San Prudencio, Santiago y de la Virgen Blanca: 27 de abril, 24 de julio y desde el 4 de agosto hasta el 9 de agosto (ambos inclusive).
Navidades: desde el 15 de diciembre hasta el 6 de enero de 2026 (ambos inclusive).
Esta ampliación de horario no es aplicable a los establecimientos de juego.