Jesús María Molina, secretario general de la Federación FAMACASMAN y AESCAM, aclara la noticia publicada en un medio local sobre que más de un tercio de los salones de Castilla-La Mancha tendrán que trasladarse a otro municipio.
«No existe ningún dato oficial sobre el número de locales que están afectados por las distancias a centros oficiales de enseñanza reglada que se estableció en la Ley 5/2021, de 23 de julio, de Régimen Fiscal y Administrativo del Juego. La Disposición transitoria tercera de esta Ley señala que estas distancias serán exigibles también a los establecimientos de juego ya autorizados en el momento de la entrada en vigor de esta normativa, señalando que su renovación solamente se concederá por un periodo máximo de 5 años y nunca más allá del 31 de diciembre de 2029. No obstante ello, en esa misma disposición transitoria se contempla la posibilidad de que estos locales se puedan reubicar en otros nuevos emplazamientos (dentro de la misma población) que si respeten la distancia indicada, en cuyo caso se le concederá una nueva autorización por 10 años prorrogables por periodos de igual duración.
En la estimación que se hizo en su día, se calculó que los establecimientos afectados por esta norma eran, aproximadamente, un tercio de los autorizados en la Comunidad, lo que supondría que estarían afectados alrededor de 60/65 locales. Se trata de una mera estimación, ya que la cifra exacta sólo se podrá conocer cuando las empresas hagan las correspondientes mediciones de distancias en los términos que se establecen el en Anexo III del Decreto 5/2022, de 25 de enero, del Régimen Administrativo del Juego en Castilla-La Mancha, verficando si se encuentran afectados o no por esta norma.
Tampoco se conoce el dato sobre el número de locales afectados que estén optando por renovar las autorizaciones de instalación con la limitación temporal que contempla la Ley y de los que estén optando por trasladarse a otra nueva ubicación. Son decisiones que se van tomando por las empresas tras valorar la opción que consideran más conveniente para sus intereses en cada caso concreto. Lo que si se puede decir es que no se está produciendo una manera unánime de actuar, habiendo tanto casos de reubicaciones como casos de renovaciones en el mismo emplazamiento. En algunos de los casos que se ha optado por esa renovación con fecha de caducidad, tenemos conocimiento de que algunas empresas están recurriendo las resoluciones que les conceden la renovación por ese plazo reducido contemplado en la Ley, al entender que la aplicación (que podríamos considerar retroactiva) de estas distancias, a los locales que se encontraban ya autorizados antes de la entrada en vigor de esta normativa, pudiera ser constitutiva de vulneración de algunos preceptos de nuestra Constitución o de la normativa europea.
A diferencia de lo que se ha hecho en otras normativas autonómicas, que han establecido distancias similares a centros de enseñanza pero sin afectar a los establecimientos ya autorizados, en el caso de Castilla-La Mancha esta medida fue adoptada de una forma completamente consciente e intencionada por parte del legislativo autonómico (a propuesta del Gobierno regional), conociendo las graves consecuencias que la misma ocasionaría a muchas de las empresas de nuestra Comunidad Autónoma. A día de hoy nada ha cambiado, por lo que las empresas afectadas están teniendo que afrontar este problema de la forma que consideran más conveniente para sus intereses, que en algunos casos supone defender esos intereses en la vía judicial», ha declarado Molina EN EXCLUSIVA a SECTOR.