Un Juzgado de lo Social de Gijón da la razón a CCOO ante las deficitarias medidas de prevención de accidentes laborales de la ONCE

| 29 de julio de 2024

El Juzgado de lo Social n.º 4 de Gijón ha emitido sentencia en fechas recientes donde, ante una denuncia presentada por un vendedor de la ONCE de Asturias con el asesoramiento de los servicios jurídicos de CCOO, se recoge:

“Estimo la demanda presentada por XX frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, FREMAP, MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES, ORGANIZACIÓN NACIONAL DE CIEGOS ESPAÑOLES y declaro que el proceso de incapacidad temporal iniciado el XX de 2023 es derivado de accidente de trabajo condenando a las demandadas a estar y pasar por tal declaración y a la mutua codemandada al abono de la prestación en la cuantía señalada en hecho probados.”

Esta demanda se presenta con el apoyo sindical de CCOO ONCE ASTURIAS. Un accidente laboral no es solo partirse una pierna en una mala caída o un atropello mientras cruzas la carretera durante la Venta o en el trayecto de ir y volver de tu punto de venta. Si tienes una patología o una dolencia que se vea agravada por tu actividad laboral, tienes derecho a que la Mutua te atienda, y en caso de que precises baja médica será considerada Accidente Laboral.

Más allá del importe económico a percibir (dependiendo de la base de cotización, la diferencia a cobrar en el primer mes de la baja, puede oscilar entre 250€ y 450€) queda probado que las medidas de prevención establecidas por la Dirección de la ONCE han sido insuficientes para proteger la salud del trabajador. Esto subraya la necesidad de una evaluación continua y mejorada de los riesgos laborales y la implementación de medidas preventivas más efectivas.

Es importante recordar que, tal y como se recoge en la sentencia, también es constitutivo de accidente de trabajo cuando, en tiempo y lugar de trabajo, una enfermedad preexistente se ve agravada por las condiciones de trabajo, en este caso, la exposición a una climatología muy adversa. Esta sentencia es un claro ejemplo de cómo la lucha por los derechos laborales, con el adecuado asesoramiento de los servicios jurídicos de CCOO, puede resultar en la defensa y garantía efectiva de la protección de los trabajadores frente a situaciones de riesgo laboral.

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