El próximo 11 de abril arranca la campaña de la Renta y patrimonio correspondiente al ejercicio económico de 2022. De esta forma, se extienden tres plazos diferentes en función de la manera que decida el contribuyente de cumplimentar el documento: telemáticamente, por llamada o en persona. Las tres opciones ponen punto y final a la campaña en el mes de julio.
Para cualquiera de las tres vías el modelo a declarar es similar. Por ello, es fundamental que el contribuyente conozca su condición y sus posibilidades para desgravarse; así como los ingresos que debe declarar y aquellos que no. En esta línea, una de las dudas más habituales apunta directamente a los premios: desde la lotería hasta el bingo.
¿Y el bingo?
La respuesta a la pregunta de si debe declararse o no es rotunda: Sí. A la hora de declarar, los premios tienen un apartado concreto que hace referencia a las “ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales”, situado en la casilla 267. Si se trata de premios en metálico, entonces la casilla será la número 565. Leer noticia completa en as