Hace un año, desoyendo el requerimiento de la Junta de Andalucía, el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra (Sevilla) plantaba cara a la administración autonómica al aprobar definitivamente una modificación puntual de su Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) para impedir la implantación de establecimientos de apuestas y salas de juego a menos de 500 metros de instalaciones que puedan ser frecuentadas por menores y jóvenes. Aquella modificación se publicó finalmente en el Boletín Oficial de la Provincia en mayo del pasado año y está del todo vigente, habiendo adquirido firmeza dado que la Junta no ha presentado recurso judicial al respecto como hizo en Cádiz a primeros de de 2021. La reciente sentencia del TSJA, que ha tumbado la normativa gaditana a expensas de un posible recurso ante el Supremo, ha dejado al municipio sevillano como el único andaluz que impide la presencia de salones de apuestas y juego a menos de medio kilómetro de equipamientos escolares, deportivos o socioculturales en áreas de uso residencial.
Fuentes municipales informan de que los plazos para la presentación de un posible recurso de la Junta ya se han consumado y que la normativa municipal es firme, como así confirman fuentes de la propia Junta, que aseguran que se decidió no presentar recurso judicial, argumentando que el Ayuntamiento de Alcalá ya “estaba advertido de que su acuerdo generaba inseguridad jurídica” y que “tendría que responder ante los tribunales en caso de que algún empresario considerase que se habían vulnerado sus derechos”. Hasta el momento, según las fuentes municipales, no se ha presentado empresario alguno preguntando por la posibilidad de instalar nuevos establecimientos. La Junta tiene establecida una distancia mínima de 150 metros radiales de nuevos salones respecto a centros de enseñanza no universitaria.
Cabe recordar, como ya informó este medio, que la Junta envió requerimientos similares a otros ayuntamientos que pretendían seguir el ejemplo de Alcalá de Guadaíra o de Cádiz, Málaga o Tomares, si bien estos dos últimos “dieron marcha atrás antes de aprobar ninguna modificación”, recuerdan las fuentes de la Junta, que “está defendiendo sus competencias en la regulación de un sector económico que genera 5.000 empleos en todo el territorio de la comunidad autónoma y que debe ser igual en todo el territorio”, aseguran las fuentes. Municipios como Mairena del Alcor, también en la provincia de Sevilla, limitaron la implantación de esos establecimientos a una distancia mayor de 350 metros del perímetro de cualquier suelo destinado a uso educativo, deportivo o sociocultural. Fuentes de este ayuntamiento indican que aquello fue aprobado inicialmente y que aún se está pendiente de un informe de la Junta al respecto. leer noticia completa en eldiario