No habrá terrazas en las discotecas o zonas de fiesta ni tampoco en los locales de apuestas o de juegos de azar ubicados en el municipio de Murcia. Esta es la gran novedad que trae consigo la nueva ordenanza municipal que regulará la vía pública en la capital del Segura.
La normativa ha sido aprobada este viernes por la Junta de Gobierno del Consistorio murciano. El objetivo, tal y como explicó el concejal de Vía Pública, Juan Fernando Hernández, es conciliar el estilo de vida mediterráneo con la accesibilidad universal de las modernas ciudades europeas.
Otra novedad importante es tampoco podrá haber toldos en aquellos espacios que eviten contemplar paisajes históricos protegidos como bienes de interés cultural, paisajístico o artístico, como la Catedral de Murcia. "No podrá haber un toldo que tape la vista de la Catedral", indicó el edil en la rueda de prensa. Esto es así por la introducción del concepto derecho colectivo al paisaje urbano.
A partir de su entrada en vigor -la ordenanza aún debe ir al Pleno municipal- las terrazas deberán estar libre al tránsito de los peatones en una zona de al menos 1,80 metros, un límite que se amplía pues hasta la fecha era de 1,50 metros. Tampoco se podrán instalar terrazas en aceras que tengan una una anchura inferior a 3,50 metros. Antes este límite era de 3 metros). Asimismo, se amplía de 1,5 a 1,80 metros la distancia mínima hacia la fachada desde sombrillas de 1,80 metros.
En un comunicado, el Ayuntamiento explica el resto de medidas que incluye la nueva ordenanza. La altura de las sombrillas o parasoles, medida en su punto más alto, estará comprendida entre un mínimo 2,50 metros y un máximo de 2,70 metros. Además, deja de ser obligatoria y pasar a ser una recomendación.
También se blinda en una disposición adicional la ocupación excepcional con terrazas de zonas de aparcamiento hasta diciembre de 2023, con lo que impide que aquellas que se otorgaron excepcionalmente antes del 31 de diciembre de 2021 se pueda suspender por decreto o acuerdo de Junta de Gobierno.
La separación de la fachada
En los espacios de uso compartido (acceso rodado restringido y uso peatonal), cuando el ancho de calle supere los 3,50 metros, se podrán instalar terrazas pegadas a las fachadas sin respetar la separación de 1,80 metros a la misma siempre y cuando la fachada contraria quede libre de obstáculos. Leer noticia completa en murciaplaza