El Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra (Sevilla) ya "aplica" la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) por la que prohíbe en su término municipal la apertura de casas de apuestas a menos de 500 metros de cualquier equipamiento educativo, deportivo, cultural y social. Este cambio, respaldado por el Pleno municipal y publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) el pasado mes de mayo, ha estado en exposición pública hasta el pasado mes de julio, cuando acabó el plazo. No habiéndose registrado ningún recurso o alegación, "la norma se aplica ya en Alcalá", confirman fuentes municipales a Europa Press.
Esta posibilidad de aplicación, que no ha tenido que ejercerse porque no se ha presentado en el Ayuntamiento ninguna solicitud de apertura de este tipo de negocios, "podría" ser "recurrida" por la Junta de Andalucía. Fuentes de la Consejería de Hacienda de la Junta, con competencias en esta materia, han argumentado que, "como ya hizo en 2021, cuando el Ayuntamiento de Cádiz aprobó su Plan General, la Junta entendió que el Consistorio se arrogaba unas competencias sobre planificación y distribución territorial de establecimientos de juegos y apuestas que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, le corresponde en exclusiva al Consejo de Gobierno de la Junta. Con respecto a Alcalá, la posición es la misma".
La modificación supone la imposibilidad de abrir ningún establecimiento nuevo de estas características en todo el área residencial de Alcalá de Guadaíra al entender y defender el Ayuntamiento que "ejercemos las competencias y la autonomía local que tenemos, contando con los informes favorables tanto del jefe de los servicios jurídicos de este área como del propio secretario municipal". Alcalá de Guadaíra asegura que esta norma le coloca entre los primeros municipios de España con estas limitaciones para las casas de apuesta. El Ayuntamiento de Sevilla también ha planteado una regulación similar.
El Pleno aprobó de manera inicial en marzo, con el apoyo de PSOE y Adelante Sevilla y la abstención de PP, Cs y Vox, una modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) para fijar un área de protección urbanística de 150 metros alrededor de los centros educativos de la capital en el que no se puede implantar ninguna actividad de casas de apuestas o salones de juego "adaptada a los criterios de proporcionalidad, justificación de la necesidad y competencias municipales de forma que se pueda tramitar con toda la seguridad jurídica".