El Diario Oficial de Cataluña ha publicado el DECRETO 58/2022, de 29 de marzo, de reestructuración del Departamento de Economía y Hacienda. Respecto al juego señala:
Artículo 81
Dirección General de Tributos y Juego
81.1 La Dirección General de Tributos y Juego tiene las funciones siguientes:
a) Analizar y diseñar la política tributaria de la Generalitat de Catalunya en el ejercicio de sus competencias en el marco del régimen de financiación y cesión de tributos vigente, así como proponer y elaborar la normativa tributaria correspondiente.
b) Interpretar la normativa tributaria propia y dictar las resoluciones, instrucciones y circulares oportunas, así como proponer las disposiciones interpretativas o esclarecedoras de las leyes y otras normas de materia tributaria que, con carácter vinculante para los órganos de la Administración tributaria, dicte la persona titular del Departamento.
c) Elaborar los estudios económicos y jurídicos necesarios para el cumplimiento de las funciones anteriores y hacer las estimaciones de los ingresos tributarios y de los beneficios fiscales en el marco de la elaboración de los presupuestos de la Generalitat de Catalunya.
d) Colaborar con la Agencia Tributaria de Cataluña y participar en su Junta de Gobierno.
e) Colaborar con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y participar en los órganos de coordinación de la gestión tributaria y actuar como órgano de relación con la dirección general competente en materia tributaria del Estado para impulsar acciones normativas y obtener criterios interpretativos de la normativa reguladora de los tributos estatales cedidos y no cedidos.
f) Dar apoyo técnico en materia jurídico-tributaria a los representantes de la Generalitat de Catalunya dentro de los órganos de participación en la Agencia Estatal de Administración Tributaria y, si procede, al futuro consorcio entre esta Agencia y la Agencia Tributaria de Cataluña; y también a la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado – Generalitat de Catalunya, en colaboración con el órgano que tenga atribuidas las funciones de apoyo en materia de traspasos.
g) Supervisar la gestión del modelo de política fiscal corporativa de asistencia en materia tributaria a los departamentos de la Generalitat y los organismos y empresas que dependen de ella y adoptar las directrices, los criterios, las recomendaciones y los procesos que se consideren necesarios.
h) Proponer y elaborar la normativa de juego y apuestas, emitir informes técnicos en esta materia y resolver las consultas que los órganos superiores de la Administración de la Generalitat formulen.
i) Conceder las autorizaciones de los juegos y las apuestas, supervisar la inscripción y el registro de personas, empresas y entidades titulares de juegos y apuestas, así como de los establecimientos o locales donde se practica la actividad.
j) Gestionar y controlar los órganos administrativos de inspección y técnicos para ejercer las competencias y funciones que la normativa establece en materia de juego y apuestas.
k) Elaborar los planes de inspección en materia de juego y apuestas.
l) Dirigir el Registro de personas que tienen prohibida la entrada en los establecimientos de juego en Cataluña.
m) Resolver, si procede, los expedientes sancionadores y los recursos o enviar la propuesta de resolución al órgano competente para que los resuelva.
n) Todas las de naturaleza análoga que le encarguen o que le atribuya la normativa vigente.
81.2 De la Dirección General de Tributos y Juego dependen:
a) La Subdirección General de Estudios y Relaciones Institucionales.
b) La Subdirección General de Régimen Jurídico.
c) La Subdirección General de Gestión y Control de Juego y Apuestas.
d) El Área de Política Fiscal Corporativa.